<!(CDATA(Para que haya elecciones generales el 16 de septiembre del 2027, el artículo 42.2 de la Loreg marca el camino: en el caso de que los presidentes no hagan uso de su facultad de disolución anticipada, los decretos de convocatoria se expiden el día vigésimo quinto anterior a la expiración del mandato de las respectivas cámaras, es decir, el 23 de julio, 25 días antes del 17 de agosto. Y a partir de ahí se publican al día siguiente en el BOE (24 de julio). 54 días después de la publicación serán las elecciones generales. ¡Quién sabe!
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