Si un crucero de primera categoria cuenta con un casino o una sala de juegos de azar como parte de las amenidades incluidas a sus visitantes y permanece por lo menos seis horas en aguas nacionalesdeberá contar con una licencia otorgada por las autoridades dominicanas para operar esta actividad a bordo.
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Esto es lo que propone un borrador de resolucion que el Ministerio de Hacienda y Economía Acaba de someter a vistas públicas para recibir observaciones y recomendaciones.
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Se trata del primer instrumento de esta institución que busca normar un componente del turismo de crucerosun segmento cada vez más en agosto en el país: solo en el 2025, a la República Dominicana llegaron 788 barcos con 2,815,732 visitantes a bordo, según los datos oficiales.
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De ser aprobado, la resolución obligará a toda embarque de primera categoria –es decir, con una capacidad superior a los 2.000 pasajeros– a conseguir una licencia que avale esta actividad, considerando que los casinos en cruceros «pueden ser utilizados como instrumentos para el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo».
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Por eso, el documento considera imperativo aplicar la misma regulación que reciben las salas de juegos de azar en hoteles de primera categoría a los cruceros que naveguen o atraquen en territorio marítimo dominicano.
Fianza y tarifas
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El borrador establece que los titulares de las licencias deberán obtener una fianza de fiel cumplimiento Delaware 20 millones de pesos –o su equivalente en dólares– que deberá ser remitida a la Dirección de Casinos y Juegos de Azar de Hacienda y Economía.
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La tasa de emisión de la licencia tendrá un costo de 1 millón para los cruceros entre 2.000 y 3.499 pasajeros y 1,5 millones si su capacidad es igual o sobrepasa los 3.500 pasajeros.
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Esta licencia habilita únicamente la operación de una sola sala de juegos por barco, no pudiendo extenderse ni compartirse con otras abrazaciones propiedad del mismo titular de la licencia.
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Una vez emitida, la licencia tendrá una vigencia de cinco años y su renovación costará el 50 % del valor de la tasa de emisión vigente durante el año en que se solicita la renovación.
Tasas por operación anual
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Adicional a esto, la operación anual de las salas de juegos estará sujeta al pago de tasas de operación conforme a la siguiente escalar:
- Casinos con un volumen de mesa entre una y 20 mesas: deben pagar 600.000 pesos anuales
- Entre las 21 y 40 mesas: pagarán 700.000 pesos al año
- Desde la mesa 41 en adelante: pagarán 800.000 pesos anuales.
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A todas las escalas se les impone un máximo de 15 entradas al aguas nacionales Durante todo el año, por lo que el titular de la licencia de casinos a bordo de cruceros deberá pagar 15,000 pesos por cada entrada adicional.
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Estas tasas deberán ser pagadas por el operador en la Tesorería Nacional luego de presentar la solicitud de la licencia, ya sea en pesos o en dólares, y se les aplicará una indexación del 100 % del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El borrador de la resolución señala que toda persona jurídica interesada en operar una sala de juegos de azar o casino en un crucero debe solicitar la licencia de operación a la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda y Economía.
Los documentos requeridos para su emisión deberán solicitarse con copia certificada por la entidad competente, apostillada y debidamente traducida al español por un intérprete judicial, cuya firma deberá ser legalizada por la Procuraduría General de la República; esto es en el caso de las sociedades comerciales extranjeras.



