Naciones Unidas proyecto de ley sometido en la Cámara de Diputados proponer una reforma tributaria que incluye la reducción del impuesto a la transferencia de bienes industrializados y servicios (Itbis), la eliminación del anticipo del impuesto sobre la renta (ISR) y la rebaja de las tasas del ISR para personas físicas y jurídicas. Además, cambios al impuesto al patrimonio inmobiliario (IPI), la supresión de varios impuestos vigentes y la creación de una régimen fiscal simplificado para micro, pequeñas y medianas empresas.
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La iniciativa, presentada por el diputado nacional Elías Wessin Chávezdel Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), propone modificar varios artículos del Código Tributario para reducir y simplificar algunos tributos.
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En su artículo tres, el proyecto de ley propone reducir la tasa general del Itbis del 18% que se paga actualmente a un 12%. Además, establece la eliminación de la actual estructura de tasas diferenciadas, dejando una tasa única general para este impuesto.
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La propuesta también faculta a la Dirección General de Impuestos internos (DGII) a incorporarde manera gradual, al régimen simplificado del Itbis a los comercios que actualmente operan en la informalidadaunque no detalla los mecanismos para ese proceso.
Eliminación del anticipo
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El artículo dos de la iniciativa dispone la derogación del régimen de anticipaciones del impuesto sobre la rentatanto para personas fisicas como jurídicas.
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Según el artículo 314 del actual Código Tributario dominicano, el anticipo del impuesto sobre la renta es un pago adelantado que obliga a contribuyentes y empresas a ir abonando durante el año el impuesto que correspondería pagar al final del período fiscal, tomando como base los ingresos del año anterior.
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Este esquema se aplica de forma mensual o en cuotas, según el tipo de contribuyente.
Reducir el impuesto sobre la renta
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En su primer artículo, el proyecto plantea modificar la misma ley del Código Tributario para fijar un tope distinto al impuesto sobre la renta.
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En el caso de las personas fisicasla tasa máxima se reduciría del 25 al 15 %, mientras que para las personas jurídicas la tasa bajaría del actual 27 al 20 %.
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Actualmente, las tasas del impuesto sobre la renta se pagan de forma escalonada, dependiendo del monto de los ingresos anuales de cada contribuyente. La tasa máxima que se paga es del 25% y se aplica para las rentas anuales desde 867.123,01 pesos en adelante.
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Sin embargo, el proyecto de ley del diputado Wessin Chávez no especifica una escala para el pago del tributo, sino que únicamente fija el tope maximo y un 15 %.
Otros cambios impositivos
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el proyecto de ley que se revisa en la Cámara Baja propone modificar el régimen del impuesto al patrimonio inmobiliario (IPI) para que su tasa se reduzca del 1 al 0,5% anual para las personas fisicas que posean inmuebles gravables.
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El proyecto excluido el cálculo del IPI a los inmuebles destinados a actividades productivas formales, como comercio, industria y servicios, siempre que estén debidamente registrados ante la DGII.
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Asimismo, la propuesta sugiere la eliminación de algunos impuestos como el de sobre los activosel selectivo al consumo de productos no esenciales y el impuesto sobre cheques y transferencias electrónicas.
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El sexto artículo de la iniciativa propone reducir la tasa del impuesto sucesoral del 3 al 1.5 % para las herencias cuyo valor exceda los 3.000.000 de pesos, así como establecer una exención total para herencias menores a ese monto.
Según establece el congresista en la pieza de ley, una reducción de la carga tributaria impulsaría la inversión, el empleo y el consumo formal ya que, a su juicio, es la propia Constitución la que faculta al Estado a organizar un sistema tributario justo y equitativo.
En ese sentido, considera que el actual sistema tributario del país «presenta exenciones desproporcionadas y distorsiones» que, según alega, limitan la capacidad del Estado para cumplir con sus responsabilidades.
Aunque el proyecto propone la reducción de algunos impuestos, en ningún artículo establece la forma en que se retribuiría al Estado por los fondos que se dejarían de percibir.



