Ilustración: Henry M. Martínez | El Nuevo Diario.
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.– La República Dominicana no registra un precedente igual en los niveles del disgusto y enfado colectivo que ha generado el caso de corrupción cometido en el Seguro Nacional de Salud (Senasa), el que ha impactado ampliamente a la sociedad y como ningún otro expediente que haya sido dilucido por los tribunales judiciales del país.
El del seguro médico del Estado es un caso que desborda la rabia, la ira e irritación de la gente, molestia puesta de manifiesto de manera profusa en las redes sociales, medios de comunicación y también de manera presencial, como la manifestación de protesta montada en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, previo a conocerse la medida de coerción que sería impuesta a los imputados.
Hay una presión social para que se haga justicia. Comenzó en los medios y este domingo se trasladó en las afueras del lugar donde se impondría medida de coerción a los encartados.
Una presión que no empujaría al tribunal a imponer medidas de coerción más allá de las que establece el Código Procesal Penal, en función de lo cual también se acogió el Ministerio Público cuando presentó la querella formal.
Luego de valorar las pruebas presentadas, estas medidas son: prisión preventiva, arresto domiciliario, presentación periódica ante un juez, impedimento de salida del país, presentación de una garantía económica (fianza), y localizadores electrónicos.
Cualquiera de estas que decide el tribunal se ajusta en términos legales a lo que estrictamente establece el instrumento judicial que rige el caso.
Se resalta que ha sido el propio gobierno quien decide llevar el caso a los tribunales para que el grupo de funcionarios y servidores públicos sea juzgado por la justicia junto a otros implicados.
¿Qué son las medidas de coerción y cuál es su propósito?
Las de coerción tienen por finalidad atar al oa los imputados al proceso para evitar la obstrucción de la investigación, proteger a las víctimas, a los testigos ya la sociedad en su conjunto.
Para medidas de imposición de coerción es indispensable que haya pruebas vinculantes, que realmente existe peligro de fuga y que la imputación sea sancionada con pena privativa de libertad.
Para lo relativo al peligro de fuga debe evaluarse el arraigo del imputado, por ejemplo, como la familia, el trabajo, el domicilio, la individualización del imputado (una sola identificación o identidad), las posibilidades de abandonar el país, la gravedad del hecho, del daño provocado, la posible pena a imposición y si la persona ha delinquido antes y cuál ha sido su comportamiento en aquel proceso.
Para imponer prisión preventiva el juez debe estar convencido de que las demás medidas no son idóneas para proteger la investigación, a las víctimas, testigos y la sociedad.
La medida de coerción debe ser proporcional a la gravedad de los hechos ya la pena a imponerse en caso de condena.
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