—El príncipe, Capítulo XV.
Desde hace mucho tiempo, me desposeí de cualquier noción dualista de la realidad: bueno, malo, izquierda, derecha. El peligro de asumir cualquier posición de forma fanática es el dogmatismo. En los recientes acontecimientos sucedidos en Venezuela, he visto muchos análisis sobre el derecho internacional como si «todo tiempo pasado fuera mejor»; Ese adanismo falso, carente de toda perspectiva histórica, no tiene fundamento en la realidad.
Hablaré detenidamente sobre el derecho internacional:
El Tratado de Paz de Westfalia (1648) significó un cambio de paradigma en las relaciones internacionales; por un lado, las potencias europeas reconocen la soberanía e inviolabilidad del territorio soberano, se reconoce la igualdad jurídica entre los Estados, la no injerencia en los asuntos internos y se consigna el fin de las guerras religiosas en Europa.
Analicemos el concepto de soberanía, la cual no se define por la capacidad de dictar leyes en tiempos normales, sino por la capacidad de suspender la ley válida para salvar la existencia política de la comunidad en momentos de excepción. Por tanto, Carl Schmitt define que «soberano es quien decide sobre el estado de excepción». El problema del concepto de soberanía en la práctica es que, en situaciones de guerra civil o invasión externa, alguien tiene que tener la capacidad de decidir, porque la norma se vuelve inaplicable; si el soberano, quien tiene el monopolio de la violencia, no puede ejercer su autoridad, la soberanía del Estado, por tanto, es inválida.
La soberanía tiene una dimensión de capacidad de decisión que impera en el Estado. Max Weber, en El político y el científico, lo define magistralmente cuando argumenta: «La función del Estado es tener el monopolio de la violencia»; el monopolio de la violencia es lo que permite que tenga capacidad soberana. Si un Estado cede esta decisión a un organismo internacional o a una potencia extranjera, se degrada a una mera unidad administrativa, perdiendo su carácter de sujeto político pleno.
Definida la cuestión sobre la soberanía, me centro en lo acaecido el 3 de enero del 2025 en Venezuela. Es evidente que, desde el punto de vista del derecho internacional, la Carta de las Naciones Unidas y la Carta de la Organización de los Estados Americanos, es una violación al derecho internacional.
Ahora bien, consuetudinariamente los grandes hegemones nunca han hecho valer la soberanía de los Estados más desiguales. Desde el Tratado de Westfalia, todas las potencias europeas, hasta llegar a la Segunda Guerra Mundial, violaban sistemáticamente la soberanía de los Estados dentro del esquema del derecho internacional europeo. La Segunda Guerra Mundial es la inflexión que sienta las bases para llegar a acuerdos sobre el derecho internacional.
Sin embargo, al final de este conflicto se expuso la lógica del vencedor y el poder mediante la fuerza. Como plantea Antonio Gramsci: «El poder es una relación de fuerzas». Lo primero que hizo Iósif Stalin fue reclamar todos los países de Europa del Este que fueron liberados del dominio nazi por el Ejército Rojo. Invito a leer los diálogos de la Conferencia de Yalta, donde Winston Churchill fue el más consciente de lo que esto implicaba; Al fin y al cabo, Gran Bretaña le había declarado la guerra a la Alemania nazi por la invasión a Polonia en 1939. En la práctica, Franklin Roosevelt aprobó las demandas de Stalin y el resultado fue que media Europa quedó en la órbita roja durante casi medio siglo. ¿Acaso esto no constituye una violación flagrante a la Carta de las Naciones Unidas en su Artículo II?
Los Estados Unidos y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas se erigieron como las dos potencias absolutas. Estados Unidos generó una invasión en Vietnam, la CIA derrocó a Jacobo Árbenz en Guatemala, invadió la República Dominicana (1965), invadió Irak, Afganistán y, más recientemente, derrocó al expresidente de Venezuela, Nicolás Maduro. ¿Acaso todo esto no constituye una violación al derecho internacional?
La Unión Soviética se reservaba el derecho a poner sus tanques ante cualquier desalineamiento en su órbita de influencia; en Checoslovaquia, Polonia y los países bálticos ejercían el poder a consideración del premier soviético. ¿Acaso no es esto una violación al derecho internacional?
Seamos realistas: el derecho internacional, en la práctica, es una ficción que se interpreta a conveniencia del hegemón en determinadas circunstancias. Concuerdo con lo que plantea Carl Schmitt: los intentos de crear un orden universal, como la Sociedad de las Naciones o las Naciones Unidas, transforman las guerras estatales en guerras civiles. En lugar de guerras entre soberanos, tenemos operaciones policiales globales contra «rebeldes» y «terroristas». El derecho internacional, para ser aplicable, tiene que regular las relaciones entre unidades políticas soberanas que parten de una diversidad y homogeneidad característica de cada uno, en lugar de imponer una consideración universal de la realidad.
Las potencias reconocen la soberanía entre sus iguales; esa es la realidad del derecho internacional, todo lo demás es discutible dentro del sistema internacional. Así como pretender la igualdad humana es una utopía, lo es pretender la igualdad entre los Estados; es una ficción ilusoria pretenderlo.
El derecho internacional solo es efectivo cuando los intereses entre las potencias que tienen, por ejemplo, el derecho al veto, convergen en determinados temas de amenaza existencial como el terrorismo; el terrorismo, por su manifestación, es contrario al Estado moderno.
Concluyo argumentando que no es cierto que lo sucedido en Venezuela deja un precedente peligroso. Es la prolongación del poder mediante la fuerza que han ejercido las grandes potencias. El debate del siglo XXI no es ideológico; Actualmente tenemos en Rusia, China y los Estados Unidos, tres potencias capitalistas que debaten la hegemonía en sus respectivas zonas de influencia.
POR WALDY ASTACIO RUIZ
*El autor es egresado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) en Educación Mención Filosofía y Letras, Máster por la Universidad de Castilla la Mancha Antropología Aplicada Entre la Diversidad y la Globalización.
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