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En agosto de 2025 se promulgó la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia (Ley 80-25), una norma con la que el Congreso dominicano revivió un ministerio que existió desde la constitución de 1844 hasta la década de 1960.
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La intención de la ley es separar funciones administrativas de la Procuraduría General de la República (PGR), coordinar políticas contra la criminalidad y crear un interlocutor único del Poder Ejecutivo con el resto del sistema de justicia.
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Pero ya no es una ley sin cumplir: el 5 de enero de 2026 el presidente Luis Abinader nombró al jurista Antonio Peralta Romero como primer ministro de Justicia, mediante el Decreto 1-26.
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Esta misma orden ejecutiva también designó a Jorge Subero Isa como consultor jurídico del Poder Ejecutivo y puso en marcha la cuenta regresiva de 12 meses que la ley concede para que el nuevo ministerio entre en funcionamiento.
¿Para qué servirá el Ministerio de Justicia?
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El artículo 9 de la ley define las atribuciones del nuevo ministerio. En resumen, será responsable de:
- Dirigir la política estatal contra la criminalidad: deberá planificar, coordinar y ejecutar las acciones que el Poder Ejecutivo delegado para la formulación e implementación de políticas de seguridad.
- Coordinar la representación judicial y extrajudicial del Estado: será la institución que articule la defensa del Estado y de la Administración Pública en tribunales y en foros arbitrales.
- Dirigir el Sistema Nacional de Derechos Humanos: organizará políticas públicas en esta materia y servirá de enlace con el Defensor del Pueblo y con organismos internacionales.
- Gestionar el Sistema Penitenciario y Correccional: la gestión de centros penitenciarios y políticas de reinserción dejarán de ser competencia de la Procuraduría.
- Administrar asuntos registrales: se encargará de los registros y certificaciones de documentos oficiales y notariales, así como de la inscripción de organizaciones sin fines de lucro.
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Con estas funciones, se pretende descongestionar la Procuraduría General y «delimitar las atribuciones de persecución penal» de actividades administrativas como gestionar prisiones o emisión de certificados.
La estructura: seis viceministerios y sus tareas
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el Ministerio de Justicia contará con un gabinete dirigido por ministro de la onuo –que será designado por el presidente de la República y debe ser dominicano, alcalde de 25 años y licenciado o doctor en derecho– y seis viceministerios. Según la ley, estas son sus responsabilidades:
1. Viceministerio de Atención y Colaboración al Sistema de Justicia
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Funcionará como puente entre el Ejecutivo y los órganos del sistema de justicia. Sus funciones incluyen:
- Servir de enlace con la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público y demás órganos del sistema.
- Apoyar el fortalecimiento institucional de la justicia dentro del ámbito del Ministerio.
- Colaborar en temas de acceso a la justicia, desarrollo normativo y cooperación internacional.
- Contribuir al fortalecimiento del ejercicio de las profesiones jurídicas y coordinar la emisión de exequátur y certificaciones para abogados y notarios.
2. Viceministerio de Representación Judicial y Extrajudicial
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Será el encargado de representar al Estado en litigios y arbitrajes. Entre sus tareas:
- Asistir al ministro en la representación judicial del Estado en los ámbitos nacional e internacional.
- Prevenir litigios y dar seguimiento a la ejecución de sentencias.
- Representar al Estado en arbitrajes comerciales y de inversión y en otros mecanismos alternativos de solución de conflictos.
- Prevenir y resolver disputas Estado–Estado e inversionista–Estado.
3. Viceministerio de Derechos Humanos
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Coordinará el Sistema Nacional de Derechos Humanos. Sus atribuciones hijo:
- Diseñar, planificar y supervisar las políticas públicas de derechos humanos y proteger a grupos vulnerables.
- Promover la educación en derechos humanos y una cultura de paz.
- Desarrollar normativa en materia de derechos humanos y ajustar leyes en virtud de los tratados internacionales ratificados.
- Actuar como enlace con el Defensor del Pueblo y organizaciones de la sociedad civil.
- Dar respuesta a requerimientos de organismos internacionales de derechos humanos y coordinar la defensa del Estado ante esos sistemas.
4. Viceministerio de Políticas Públicas contra la Criminalidad
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Será el motor de la política estatal contra la criminalidad. Sus funciones son:
- Coordinar la planificación, formulación, implementación y supervisión de la política del Estado contra la criminalidad.
- Servir de interlocutor con otros órganos del Poder Ejecutivo y con los poderes públicos y constitucionales relacionados al tema.
- Mantener la comunicación con organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la seguridad y la prevención del delito.
- Hacerlo todo respetando las competencias de otros órganos del Estado, sin interferir en su independencia.
5. Viceministerio de Políticas Penitenciarias y Correccionales
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Asumirá la gestión de prisiones y la reinserción socialdesplazándose al Ministerio Público. Le corresponde:
- Coordinador del Sistema Penitenciario y Correccional.
- Diseñar y supervisar las políticas públicas penitenciarias y correccionales.
- Diseñar y supervisar políticas de reinserción social.
- Mantener un enlace permanente con organizaciones de la sociedad civil relacionadas al sector.
6. Viceministerio de Asuntos Registrales y Servicios a la Ciudadanía
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Será la ventanilla de servicios del Ministerio. Se encargará de:
- Administrar los registros y expedir certificaciones de documentos oficiales y notariales.
- Administrar el registro de las organizaciones sin fines de lucro.
- Recibir, atender y enviar solicitudes o denuncias de la ciudadanía relacionadas con el Ministerio.
Otros organismos y consejos
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Además de los viceministerios, la ley crea el Consejo Nacional de Derechos Humanos, un espacio consultivo interinstitucional en el que ministerios participantes, instituciones públicos, organismos autónomos y organizaciones de la sociedad civil para coordinar políticas en materia de derechos humanos.
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También se reorganiza la Oficina del Abogado General de la Administración Pública, que representará permanentemente a la Administración Pública ante la jurisdicción. contencioso-administrativa.
¿Cuándo comenzará a funcionar?
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Aunque la ley se promulgó el 7 de agosto de 2025, el Ministerio de Justicia tiene una vacatio legis particular: su puesta en marcha definitiva debe ocurrir en un plazo máximo de 12 meses después de que se designe al ministro, según el artículo 66 de la ley.
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Ese ya plazo comenzó, porque el 5 de enero de 2026 el presidente Abinader designó a Antonio Peralta Romero como ministro de Justicia. Con esta designación, el reloj para la implementación ha comenzado a correr y la institución debe estar operativa como máximo. en enero de 2027.
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Para 2026, el Poder Legislativo aprobó un presupuesto de RD$4,175.7 millones para poner en funcionamiento el ministerio: un 80 % (RD$3,297.2 millones) se destinará a gastos corrientes y RD$878.4 millones a gastos de capital. Estos recursos se complementarán con ingresos por tasas de servicios y posibles cooperaciones internacionales.
¿Por qué importa esta reforma?
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La creacion del Ministerio de Justicia no solo recuperar una figura histórica, sino que responde a la necesidad de modernizar el sistema judicial y aclarar responsabilidades.
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Al asignar a un ministerio la gestión penitenciaria, la representación judicial del Estado y los asuntos registrales, se libera al Ministerio Público para centrarse en la persecución penal, mientras se garantiza un enfoque coordinado en derechos humanos y políticas criminales.
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En palabras de los autores de la ley, era necesario separar la persecución criminal de tareas administrativas que debían corresponder a un órgano especializado.
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Organizaciones de la sociedad civil y autoridades esperan que la nueva institución contribuya a mejorar el acceso a la justicia ya fortalecer la transparencia del sistema.
Una vez designado el ministro y aprobados los reglamentos pendientes, comenzará un período de transición de hasta un año para transferir personal, bienes y presupuestos desde la Procuraduría General y otros organismos hacia el nuevo ministerio. Entre las funciones que pasarán figuran la gestión penitenciaria, la administración de bienes incautados, las extradiciones, el control de alquileres y desahucios y los centros de atención ciudadana.



