Luego de una sesión de casi cuatro horas, la Cámara de Diputados conclusiones la noche de este miércoles aprobadas en segunda lectura el proyecto de modificación todo Código Procesal Penal (CPP).
Ayer martes la pieza fue sancionada en primera lectura.
El presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pachecoinformó que con las modificaciones incorporadas, la pieza ahora asciende a casi 500 artículos.
«Hoy hemos concluido esta labor titánica con este proyecto, que justo mañana cumple un mes desde que nos fue entregado», expresó Pacheco, al destacar que el proceso se haya realizado en «tiempo record» pese a la magnitud y complejidad del tema.
La aprobación se produjo a ocho días del vencimiento del plazo otorgado por el Tribunal Constitucional. El Congreso tiene hasta el 11 de diciembre paraca aprobar un nuevo CPP o, de lo contrario, el código vigente quedará fuera del ordenamiento jurídico nacional.
Ahora la pieza pasa al Senadodonde deberás ser votada en dos lecturas. Si no se introducen cambios, será enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Debates durante la sesión
El momento más tenso de la sesión se produjo durante la discusión del artículo 211relativo a la designación de peritos en los procesos judiciales. En la primera lectura, este artículo había sido modificado para eliminar la facultad del Ministerio Público en la designación de expertos durante la fase preparatoria, lo que generó posiciones encontradas.
El diputado perremeísta Julio César Beltré defendió que el Ministerio Público mantuviera esa atribuciónargumentando que códigos de referencia, como el de Colombia, establecen ese mismo mecanismo.
En respuesta, el diputado Eugenio Cedeño dijo que volver a incluir al Ministerio Público implicaría otorgarle «demasiada facultad«y que la modificación aprobado inicialmente debía mantenerse. «No podemos ceder a presiones externas», afirmó.
El presidente de la Cámara, Alfredo Pachecotomó un largo turno para defender que el Ministerio Público sí debe poder designar peritos en la etapa inicialespecialmente en casos urgentes.
Puso como ejemplo los plazos de 48horas para realizar experticias en victimas de agresiones sexuales que requiere atención médica inmediata.
«¿Cómo nosotros vamos a quitarle al Ministerio Público ¿La posibilidad de diseñar el perito en esta fase del proceso? Favoreceríamos al crimen», sostuvo Pacheco, al indicar que tras revisar el texto y consultar con representantes de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivola Suprema Corte de Justicia, la Procuraduría General y la Defensa Pública, conclusiones que lo aprobado inicialmente era «un error».
Pacheco aclaró que el artículo vigente en el CPP de 2015 ya establece un equilibrio: «el Ministerio Público designa peritos durante la etapa preparatoria, y en la jurisdiccional lo hace un juez, considerando las sugerencias de las partes».
Cedeño intentó retomar la palabra tras estas explicacionespero pacheco se niega al considerar cerrados los debates.
«Cuando usted dirija aquí, usted traza las reglas», le respondió el presidente de la Cámara.
Al final, se sometió a votación la propuesta de volver al texto vigente del Código Procesal Penaly fue aprobado con solo cinco votos en contra. el artículo 211 quedó restablecido en su forma original.
Otros cambios aprobados
Además del restablecimiento del artículo 211los diputados devolvieron a su redacción original el artículo 215 sobre el Ministerio Público y el numeral 6 del artículo correspondiente que había sido modificado.
El presidente de la Comisión de Justicia, Wandy Batistaexplicó que también se revisó lo relativo al peritación para evitar riesgos en los casos que lo requieran experticias urgentes, insistiendo en que la fórmula vigente desde 2002 ha funcionado sin generar conflictos.
Sobre la prisión preventivaaclaró que no se aprobaron cambios. Sin embargo, sí hubo una modificación importante respecto a la interrupción de la prescripción de los delitos.
Anteriormente, bastaba con que el Ministerio Público solicitara una medida de coerción para interrumpir la prescripción, lo que, según Batista, abriría la puerta a solicitudes sin fundamento. La nueva redacción exige que la medida sea impuesta por un juez, no solo solicitada.



