El pasado 10 de febrero. se emitió un comunicado oficial del Ministerio de Salud y Protección Socialrespecto a las inquietudes de la ciudadanía sobre versiones sobre un supuesto traslado obligatorio entre Entidades Promotoras de Salud (EPS). La entidad aseguró que el proyecto normativo no provocaría cambios generalizados.
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El Ministerio indicó que la iniciativa se encuentra en análisis y todavía no ha sido adoptada oficialmente. Por ahora, la libre elección de una EPS sigue siendo regla dentro del sistema, salvo escenarios excepcionales previstos en la legislación vigente.
¿Qué corrige la reforma del aseguramiento?
Según el comunicado oficial, divulgado en las redes sociales de la entidad, el propósito es “proteger el derecho fundamental a la salud, garantizar la continuidad del aseguramiento y fortalecer la sostenibilidad técnica y financiera del sistema”. El ajuste pretender ordenar la operación con criterios poblacionales y territoriales.
El propósito es proteger el derecho fundamental a la salud. Foto:iStock
Además, el Ministerio explicó que el diagnóstico detectó una fragmentación de afiliados, «Este enfoque no implica la adopción de criterios fiscales ni administrativos distintos, ni la imposición de restricciones arbitrarias a la libre competencia económica».
Se pretende asegurar las condiciones mínimas de viabilidad operativa que permita, necesariamente, una gestión efectiva del riesgo y una adecuada integración de los servicios en cada territorio.
Se pretende asegurar las mínimas condiciones de viabilidad operativa. Foto:EFE
Bajo ese panorama, la propuesta alinea la operación de las EPS con la capacidad real de prestación en cada territorio. La medida busca facilitar el tránsito oportuno entre niveles de atención, garantizar la integralidad de tratamientos y mejorar la coordinación entre aseguradoras y redes médicas.
Por otra parte, el proyecto pretende establecer rgafas objetivas para las asignaciones futuras, preservando terapias en curso, manteniendo la unidad familiar y evitando concentraciones desproporcionadas de pacientes de alto costo que comprometan la sostenibilidad de la Unidad de Pago por Capitación.
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¿En qué casos sí podrían cambiarlo de EPS?
La normativa vigente permite reasignar afiliados cuando:
- Una EPS entra en liquidación.
- Si la entidad pierde la habilitación operativa.
- Ante una intervención forzosa administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud.
- Cuando se presentan fallas graves que afectan la atención de los usuarios.
El Gobierno recordó que intervención no significa cierre inmediatopues varias entidades continúan operando bajo supervisión mientras corrigen problemas administrativos o financieros.
El Gobierno recordó que intervención no significa cierre inmediato Foto:cortesia
El Ministerio de Salud recuerda que ordenar el aseguramiento con criterios técnicos y territoriales es una medida de responsabilidad estatal.
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La toma de decisiones administrativas en el sector de la salud está destinada a garantizar acceso efectivo, continuo y oportuno a los servicios de salud, sin eliminar la libre escogencia como principio general.
Juan Sebastián Liévano Aldana
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