La medida cautelar ordenada por el Tribunal Administrativo de Antioquia que impide trasladar afiliados a Nueva EPS abre un nuevo escenario jurídico para el sistema de salud. Mientras se estudia el fondo de la acción popular, el Ministerio de Salud deberá abstenerse de ejecutar las disposiciones del Decreto 182 de 2026 relacionadas con la reasignación de usuarios, lo que deja en suspenso el proceso de reorganización del aseguramiento planteado por el Gobierno.
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La decisión adoptada por el Tribunal Administrativo de Antioquia dentro de una acción popular contra el Ministerio de Salud y Protección Social no solo frenó temporalmente los traslados masivos de afiliados entre aseguradoras, sino que abrió una nueva fase jurídica que definirá si esas medidas podrán aplicarse en el futuro.
La orden judicial, emitida el 10 de marzo de 2026, obliga al Ministerio a abstenerse de materializar las disposiciones contenidas en el Decreto 182 de 2026, particularmente aquellas relacionadas con el traslado de afiliados hacia la Nueva EPS.
Traslados congelados mientras avanza el proceso
En términos prácticos, la medida cautelar significa que no se podrán realizar nuevos traslados de afiliados hacia esa entidad mientras el tribunal analiza el fondo de la acción popular.
Así lo explicó el abogado experto en derecho de la salud Andrés Dewdney, quien considera que la decisión judicial confirma la relevancia de las acciones populares como herramienta de protección ciudadana.
Andrés Eduardo Dewdney Montero, abogado y experto en el sector salud. Foto:archivo particular
Según el jurista, la decisión demuestra que estos mecanismos siguen siendo eficaces para la defensa de derechos colectivos, particularmente aquellos relacionados con la salud y con la prestación eficiente y oportuna de los servicios públicos.
En su interpretación, la orden del tribunal busca garantizar que el servicio público de salud se preste de manera adecuada y conforme a los principios constitucionales.
El proceso judicial sigue su curso
Aunque la decisión tiene efectos inmediatos, no constituye todavía un fallo definitivo sobre la legalidad del decreto.
La acción popular continúa su trámite en la jurisdicción contencioso administrativa, donde el tribunal deberá estudiar en detalle si las disposiciones del decreto vulneran derechos colectivos como el acceso a la salud, la eficiencia en la prestación del servicio público o la protección del patrimonio público.
Durante este proceso, el Ministerio deberá presentar sus argumentos y el tribunal evaluará las pruebas y los efectos que tendría la aplicación de la norma sobre el sistema de salud.
Solo después de este análisis se adoptará una decisión de fondo que podría confirmar o modificar las medidas adoptadas por el Gobierno.
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Mientras se estudia la acción popular, el Gobierno deberá abstenerse de ejecutar esas disposiciones. Foto:IStock y Minsalud
Un debate jurídico inusual
El caso también abre un debate jurídico relevante dentro de la jurisprudencia administrativa.
De acuerdo con Dewdney, a través de las populares no se puede suspender directamente un acto administrativo, como sería el caso de un decreto del Gobierno.
Sin embargo, la decisión del tribunal introduce un matiz importante.
Aunque el juez no ordenó de forma expresa la suspensión del decreto, la medida cautelar tiene en la práctica un efecto de inaplicación de la norma, ya que impide ejecutar una de sus disposiciones centrales.
Este tipo de efecto —explica el abogado— es más común en las acciones de tutela, donde los jueces pueden ordenar la inaplicación de una norma cuando consideran que vulnera derechos fundamentales.
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El debate sobre la capacidad de la Nueva EPS
El análisis jurídico también pone el foco en la situación operativa y financiera de la Nueva EPS, uno de los puntos centrales del debate.
Según Dewdney, la medida cautelar evidencia las dudas que existen sobre la capacidad de la entidad para asumir nuevos afiliados en medio de las dificultades que enfrenta.
El jurista plantea que si la EPS no cuenta con la estructura financiera y logística suficiente para garantizar la atención de más de diez millones de afiliados, resulta contradictorio asignarle nuevos usuarios mediante un decreto.
Nueva EPS tiene actualmente más de 11 millones de afiliados. Foto:MAURICIO MORENO
Desde su perspectiva, el enfoque debería centrarse en fortalecer la entidad y resolver las dificultades actuales antes de ampliar su base de afiliados.
La decisión judicial también se conecta con los principios establecidos en la Ley Estatutaria de Salud, que definen los criterios que deben orientar el sistema de aseguramiento.
Entre esos principios se encuentran la disponibilidad, la accesibilidad, la continuidad, la calidad, la eficiencia y la capacidad real de respuesta del sistema.
Para Dewdney, la orden cautelar del tribunal constituye un precedente relevante porque busca garantizar que las decisiones administrativas en materia de salud respetan esos criterios antes de ser implementadas.
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Lo que viene para el sistema de salud
Mientras continúa el proceso judicial, el sistema de salud entra en un período de incertidumbre respecto al modelo de reorganización territorial que proponía el Gobierno.
La decisión de fondo del tribunal determinará si las medidas del decreto pueden aplicarse o si deberán modificarse para garantizar la protección de los derechos colectivos de los usuarios.
En palabras del propio Dewdney, la medida cautelar marca un hito en la defensa de los afiliados del sistema, al priorizar los derechos colectivos y la garantía efectiva del acceso a los servicios de salud.
EDWIN CAICEDO
Periodista de Medio Ambiente y Salud
@CaicedoUcros
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