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    Home»Nacionales»Señales de tránsito en República Dominicana: ¿quién puede colocarlas?
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    Señales de tránsito en República Dominicana: ¿quién puede colocarlas?

    LISTIN DIARIO NOTICIA DE HOYBy LISTIN DIARIO NOTICIA DE HOY25 de abril de 2026No hay comentarios4 Mins Read
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    Señales de tránsito en República Dominicana: ¿quién puede colocarlas?
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    Las señales de tránsito Están por todas partes. Letras como «sin estacion«, «No doble en U» o «PARE» aparecen en calles y aceras de todo el país. Sin embargo, no toda señal visible en la vía pública tiene validez legal.

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    De acuerdo con el artículo 132 de la Ley 63-17solo el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (intrantante) y los ayuntamientos están facultados para colocar señales de tránsito en los espacios públicos.

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    A su vez, el artículo 142 establece que ninguna persona o entidad ajena a esas autoridades puede instalar señalización vial en la vía pública. De hacerlo, se exponen a multas ya la reducción de puntos en la licencia de conducir, según lo determine el reglamento.

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    Pese a ello, este tipo de letreros se comercializan libremente en ferreterías y otros establecimientos, y con frecuencia son colocados por particulares en entradas de residenciales, negocios o parques.

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    aunque ninguna norma prohíbe su venta ni su uso en propiedades privados, la duda surge cuando estos avisos se instalan con apariencia de autoridad en espacios públicos.

    Lo que dice el intrantante

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    Consultado por Diario Libre, el intrantante explicó que la simple venta de objetos con apariencia de señales no define su legalidad. Lo determinante es el uso que se le déel cumplimiento de estándares técnicos y el lugar donde se instalen.

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    «En la República Dominicana, la Ley 63-17 establece que el intrantante regula las señales de tránsito y fija sus estándares, además de fiscalizar la señalización de las vías públicas. La propia ley dispone que la señalización vertical y horizontal, así como los dispositivos de control de tránsitopueden ser colocados por el intrantanteMOPC (Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones) o por los ayuntamientos dentro de su jurisdicción», respondió la entidad.

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    «Asimismo -agregó-, las señales que instalan o pinten los ayuntamientos deben ajustarse a los estándares que establecen el intrantantesegún el Manual de Dispositivos Delaware Control de Tránsito y Señalización».

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    Esto significa que una señal válida no puede ser ningún letrero artesanal o decorativo. Debe cumplir especificaciones sobre forma, dimensiones, colores, simbología, reflectividad, visibilidad, ubicación e instalación, conforme al marco legal vigente.

    ¿Puede un particular poner una señal frente a su casa?

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    el intrantante fue categórico: «Respecto a si una persona puede colocar frente a su casa un letrero como ´sin estacion´ o ´PARE´, la respuesta, en términos de señal de tránsito oficial sobre vía pública, es no, salvo que existe autorización de la autoridad competente«.

    https://resources.diariolibre.com/images/2026/04/24/whatsapp-image-2026-04-24-at-22154-pm-3736620b.jpeg

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    Señal de no entre frente a una calle sin salida en la ciudad colonial. (DIARIO LIBRE/RICARDO DE LA CRUZ)

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    La institución agregó que ningún ciudadano está facultado para instalar por cuenta propia señales oficiales con la intención de regular la circulación, la prioridad de paso o el estacionamiento. «Esas decisiones corresponden a la autoridad publica competente, según el tipo de vía y la jurisdicción”, indicó.

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    Además, la ley prohíbe alterar señales autorizadas, adherirles publicidad, removerlas, dañarlas o colocar objetos que obstaculicen el tránsito dentro de la vía pública o su servidumbre de paso. Según el organismo, una instalación no autorizada podría ser retirada y sancionada, especialmente si induce un error, obstaculizando la circulación o simulando autoridad publica.

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    «En resumen, vender un letrero no convierta ese letrero en señal oficial de tránsito. Para que tenga una señal frasco de validez debe cumplir con los estándares técnicos y ser colocado por la autoridad competente o con su autorización. Un particular puede colocar avisos privados dentro de su propiedad, pero no puede instalarse unilateralmente. señales oficiales de tránsito para regular la vía pública», concluyó el intrantante.

    Estudiante de Comunicación Social en la Universidad Católica Santo Domingo.

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