En un sistema de salud que ya enfrenta graves dificultades para garantizar el acceso oportuno a medicamentos, una nueva exigencia administrativa en elevada las alertas entre médicos y organizaciones de pacientes. La Circular Externa 044 de 2025, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, obliga a que todos los medicamentos financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y prescritos en el ámbito ambulatorio sean gestionados exclusivamente a través de la plataforma MIPRES, una decisión que, por su alcance, podría tener efectos directos en la continuidad de tratamientos esenciales.
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La medida no se limita a terapias de baja frecuencia o a medicamentos de uso excepcional. Por el contrario, abarca fármacos de uso masivo y cotidiano en la atención ambulatoria, como los utilizados para el tratamiento de la hipertensión arterial, la diabetes, las dislipidemias, la epilepsia, los trastornos de salud mental, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), el asma, los esquemas de anticoagulación, las enfermedades autoinmunes y el cáncer en manejo ambulatorio, así como, en general, gran parte de los medicamentos que se administran y controlan en el hogar.
La Circular 044 de 2025 obliga a reportar por MIPRES medicamentos de uso masivo. Foto:iStock
Aunque el Ministerio sostiene que la obligatoriedad de MIPRES busca mejorar la trazabilidad, el monitoreo del abastecimiento y la toma de decisiones en materia farmacéutica, distintos actores del sector advierten que introducir un nuevo trámite administrativo en un sistema que ya presenta fallas estructurales de acceso puede convertirse en una barrera adicional para millones de pacientes.
La preocupación central es que la carga operativa que implica prescribir y reportar estos volúmenes de medicamentos en una única plataforma termine generando retrasos, interrupciones de tratamientos y mayores obstáculos para la atención continua, especialmente en patologías crónicas que requieren suministro permanente.
La norma, firmada el 26 de diciembre de 2025 por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, establece que, con excepción de los medicamentos de control especial y aquellos sometidos a monopolio del Estado, la prescripción, direccionamiento, programación, entrega y reporte del suministro de medicamentos ambulatorios financiados con UPC deberá realizarse de manera obligatoria a través de MIPRES versión 2.4. El objetivo, según el Ministerio, es consolidar esta herramienta como el sistema único e integral de información, fortalecer la trazabilidad del suministro y permitir un monitoreo oportuno del abastecimiento de medicamentos.
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Los impactos en los pacientes
Sin embargo, desde el gremio médico se advierte que la medida plantea desafíos técnicos y operativos que van más allá de una instrucción normativa. Clemencia Mayorga, presidenta del Colegio Médico de Cundinamarca, señaló que la información en línea es, sin duda, una de las variables que el sistema de salud debe mejorar, y que la relacionada con la formulación de medicamentos es especialmente relevante. No obstante, advirtió que montar un sistema de información capaz de responder a los millones de atenciones ambulatorias que se realizan en el país va mucho más allá de ordenarle a los médicos prescribir vía MIPRES.
Mayorga plantea que el desafío no es únicamente normativo, sino estructural. La magnitud de la prescripción ambulatoria en Colombia exige un sistema de información robusto, estable y capaz de operar en tiempo real sin colapsar ante la carga diaria de millones de atenciones. A esto se suma la necesidad de que los médicos cuenten con condiciones adecuadas para asumir el nuevo proceso: tiempo suficiente en consulta, capacitación efectiva y la certeza de que el uso de la plataforma no se traducirá en trámites adicionales que terminarán desplazando el acto médico.
Clemencia Mayorga, médica pediatra y presidenta Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá. Foto:Academia Nacional de Medicina
En su lectura, la experiencia previa con MIPRES para tecnologías no financiadas con UPC demuestra que la adaptación fue lenta y requirió años de ajustes, aun cuando el volumen de prescripciones era significativamente menor al que ahora se pretende incorporar.
Desde esa perspectiva, la implementación acelerada del sistema para medicamentos de uso masivo puede transformarse en un obstáculo para la práctica clínica. La preocupación es que, sin una preparación previa sólida y sin garantías operativas claras, una herramienta diseñada para mejorar el control y la trazabilidad termine restringiendo la capacidad de los médicos para prescribir oportunamente y afectado, en consecuencia, el acceso de los pacientes a tratamientos esenciales.
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La circular del Ministerio establece que la prescripción realizada en MIPRES será equivalente a la orden médica y que no podrán exigirse adicionales ni trámites paralelos. También define etapas de transición que se extenderán hasta el 1 de junio de 2026, fecha a partir de la cual la prescripción ambulatoria de medicamentos financiados con UPC será obligatoria para todos los actores del sistema. Durante este período, el Ministerio será el encargado de ofrecer capacitación, asistencia técnica y acompañamiento.
El precedente de los antirretrovirales
No obstante, la preocupación expresada por el gremio médico se sustenta en antecedentes recientes. A comienzos de este año una decisión del Ministerio de Salud generó una fuerte discusión en torno al tratamiento del VIH. Mediante la Circular Externa 006, la cartera sanitaria ordenó que 19 medicamentos antirretrovirales, incluidos algunos de los más utilizados como el dolutegravir, debían ser prescritos a través de MIPRES, plataforma originalmente diseñada para justificar tecnologías no financiadas con la UPC.
Aunque el Gobierno sostuvo que se trataba de un mecanismo de monitoreo y control, la Asociación Colombiana de Infectología (ACIN) y expertos en el manejo del VIH advirtieron que la decisión creaba una barrera adicional tanto para pacientes como para médicos. En su momento, Germán Camacho, director de la ACIN, señaló que resultaba un contrasentido que, mientras se buscaba facilitar el acceso mediante la reducción de precios, se impusiera un nuevo trámite que podía generar retrasos, devoluciones y negaciones.
Lo sucedido con los antirretrovirales pone sobre la mesa lo que podría pasar con el sistema. Foto:Cortesia.
Desde la perspectiva del gremio de infectólogos, la medida no solo iba en contravía de la eliminación de trabas administrativas, sino que además se adoptó en un momento crítico, cuando la cobertura de tratamiento para VIH estaba disminuyendo en el país. Los efectos, según advierte Jorge Pacheco, director de la Liga Colombiana de Lucha Contra el Sida, ya son evidentes: la transición hacia la entrega de medicamentos mediante MIPRES generó interrupciones temporales que aún persisten en algunas EPS.
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Pacheco explica que la variabilidad en la operación de la plataforma entre aseguradoras ha provocado desigualdades en el acceso, con algunas EPS que continúan garantizando la entrega de medicamentos y otras que han registrado mayores retrasos. Para él, el sistema de salud requiere una reforma urgente que responda a las necesidades reales de los pacientes y que evite nuevas interrupciones en los tratamientos.
Mientras el Ministerio insiste en que la Circular 044 busca fortalecer la transparencia, la trazabilidad y la toma de decisiones en materia farmacéutica, las advertencias del gremio médico y de organizaciones de pacientes sugieren que la implementación de MIPRES para medicamentos UPC no solo será un reto tecnológico, sino una prueba clave para determinar si el sistema de salud puede avanzar en control y monitoreo sin sacrificar el acceso y continuo a los tratamientos.
EDWIN CAICEDO
Periodista de Medio Ambiente y Salud
@CaicedoUcros
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