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    Home»Salud»más en atención hospitales del Estado y traslado de 6,6 millones de pacientes de EPS
    Salud

    más en atención hospitales del Estado y traslado de 6,6 millones de pacientes de EPS

    LISTIN DIARIO NOTICIA DE HOYBy LISTIN DIARIO NOTICIA DE HOY26 de febrero de 2026No hay comentarios6 Mins Read
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    más en atención hospitales del Estado y traslado de 6,6 millones de pacientes de EPS
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    Pese a las advertencias formuladas por distintos actores del sistema de salud durante el proceso de discusión pública, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0182 del 25 de febrero de 2026, con el que se introdujeron cambios profundos en la operación de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en Colombia y se abre la puerta a la redistribución de al menos 6,6 millones de afiliados en Múltiples territorios del país.

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    La norma, firmada por el Ejecutivo, añade un nuevo capítulo al Decreto 780 de 2016 y redefine las reglas de funcionamiento del aseguramiento en salud con un enfoque territorial y poblacional. En la práctica, esto implica que el número de EPS que pueden operar en departamentos, distritos y municipios quedará limitado según el tamaño de la población y la participación de mercado de cada entidad, lo que forzará la salida de algunas EPS de determinados territorios y el traslado automático de sus afiliados a otras entidades que continúan operando.

    De acuerdo con el decreto, el objetivo central es “ordenar técnicamente” el aseguramiento en salud para evitar la fragmentación, garantizar economías de escala, prevenir riesgos sistémicos y asegurar la continuidad en la prestación de los servicios, especialmente en zonas dispersas o de baja densidad poblacional. Sin embargo, estas medidas llegan en medio de alertas de expertos y gremios que han señalado posibles impactos sobre la libre escogencia de los usuarios y la capacidad real de las EPS receptoras para absorber nuevos afiliados.

    La nueva reglamentación fija topes al número de EPS por municipio y departamento. Foto:Néstor Gómez – EL TIEMPO

    Menos EPS por territorio y nuevos umbrales

    Uno de los cambios más significativos está en la fijación de topes al número de EPS que podrán operar en cada municipio y departamento. El decreto establece que, en municipios grandes —con más de 500.000 habitantes— podrán operar todas las EPS autorizadas, siempre que no tengan una participación inferior al 3% de los afiliados en ese territorio. En municipios medianos y pequeños, el número máximo de EPS se reduce progresivamente, hasta permitir solo una EPS en localidades con menos de 20.000 habitantes.

    En el ámbito departamental, también se introducen umbrales mínimos de participación: en departamentos con más de dos millones de habitantes solo podrán mantener las EPS que se concentren al menos el 5 % de los afiliados; en territorios con menor población, el porcentaje exigido aumenta hasta el 15%. Las EPS que no cumplan con estos criterios deberán salir de esos territorios.

    Eso, en la práctica, significa que muchos afiliados serán trasladados a Nueva EPS, que es la aseguradora con mayor cobertura en el país y que tiene presencia en los 32 departamentos, pese a que esta aseguradora, intervenida desde abril de 2024, ha empeorado en sus indicadores de prestación de servicios y ha desmejorado su atención a pacientes.

    Nueva EPS, la más garnde del país, y actualmemnte en crisis, recibiría 3 millones de afiliados. Foto:MAURICIO MORENO

    Traslado obligatorio de afiliados

    La salida de una EPS de un municipio o departamento no será neutra para los usuarios. El decreto establece un mecanismo de “asignación especial de afiliados”, mediante el cual el Ministerio de Salud y Protección Social y la Dirección redistribuirán, en un plazo de pocos días, a los afiliados de las EPS que dejan de operar hacia las entidades que permanezcan en el territorio.

    Esta asignación será obligatoria para las receptoras de EPS, que no podrán negarse a recibir nuevos usuarios, incluso si estos provienen de otro régimen. Los afiliados deberán permanecer al menos 60 días en la EPS asignada antes de poder ejercer su derecho a la libre escogencia y solicitar traslado, salvo algunas excepciones específicas, como la reunificación de grupos familiares o el caso de comunidades indígenas.

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    La mujer murió en mediaciones de Droguerías Cafam para reclamar medicamentos de Nueva EPS.

    Cambios en la contratación y obligaciones financieras

    El decreto también refuerza las obligaciones ya existentes para ciertas EPS. Las entidades del régimen subsidiado y las de naturaleza pública del régimen contributivo deberán contratar, como mínimo, el 60% de su gasto en salud con Empresas Sociales del Estado (ESE) ubicadas en los municipios donde operan.

    Además, se modifican reglas relacionadas con el patrimonio adecuado de las EPS que reciben afiliados como resultado de estos procesos de redistribución. En algunos casos, se establecen reducciones temporales en los porcentajes exigidos de patrimonio, con el argumento de facilitar la absorción de nuevos usuarios sin comprometer la estabilidad financiera del sistema.

    Los hospitales públicos tendrán más contratos. Foto:Archivo/EL TIEMPO

    Más control y seguimiento estatal

    La norma refuerza el rol de supervisión del Estado sobre el aseguramiento en salud. La Superintendencia Nacional de Salud será la encargada de actualizar los ámbitos territoriales de autorización de las EPS, verificar su capacidad de afiliación y autorizar cualquier modificación en su operación geográfica.

    Por su parte, el Ministerio de Salud deberá implementar un sistema de seguimiento más estricto sobre la gestión de las EPS, con énfasis en la articulación con las redes de prestadores y en indicadores de experiencia ciudadana, como satisfacción de los usuarios, continuidad del cuidado y accesibilidad efectiva a los servicios.

    Un reordenamiento con alto impacto

    Aunque el Gobierno defiende el decreto como una medida necesaria para garantizar la sostenibilidad y la equidad, el alcance de la norma anticipa un reordenamiento profundo del sistema de aseguramiento, con millones de usuarios potencialmente trasladados de EPS en los próximos meses.

    Para los usuarios, los cambios no son menores: el decreto establece que los traslados de afiliados se harán en cuestión de días, que la posibilidad de cambiarse de EPS quedará limitada a las entidades habilitadas en cada territorio y que, en muchos municipios, solo una o dos aseguradoras podrán operar.

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    Nueva EPS

    De acuerdo con cálculos hechos por la Mesa Nacional de Asociaciones de Usuarios, el decreto implicaría el traslado de 6’606.371 afiliados: 3’198.875 a la Nueva EPS, 289.262 a Savia Salud y 533.429 a SOS, entre otras entidades.

    Desde septiembre de 2025, informes periodísticos de EL TIEMPO habían advertido que este escenario podía materializarse y alertaron sobre los impactos que tendrían una reasignación masiva de afiliados. En ese momento, se hablaba de 2,3 millones de usuarios potencialmente afectados. En aquel momento, el Gobierno buscaba dicho traslado a través del decreto 858 que fue suspendido por el Consejo de Estado.

    Ana María Vesga, presidenta ejecutiva de Acemi. Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO

    En entrevistas concedidas a EL TIEMPO, la presidenta de Acemi, Ana María Vesga, advirtió que “existe un alto riesgo de que esos traslados se traduzcan en deterioro de la atención”, especialmente en un sistema que ya enfrenta problemas de capacidad, financiación y continuidad de tratamientos. El decreto finalmente expedido amplía de forma significativa ese universo, al abrir la puerta al traslado de más de seis millones de afiliados.

    EDWIN CAICEDO

    Periodista de Medio Ambiente y Salud

    @CaicedoUcros

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